cambios en la solicitud de licencia
para reforma de viviendas
El pasado mes de octubre de 2020, se modificó la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística.
Esta modificación afecta entre otras cosas a los procedimientos para nuevas solicitudes de Licencia Urbanística y Declaraciones Responsables y desaparece la Comunicación Previa para pequeñas reformas y determinadas actividades.
En el presente artículo hablaremos de cómo afecta esta modificación para la tramitación de licencias para reformas de viviendas.
En otros artículos aparte hablaremos de otros procedimientos como el cambio de uso, que a partir de esta modificación pueden pasar de ser a través de Procedimiento Ordinario a Declaración Responsable si cumple unas determinadas premisas
Declaración responsable en vez de comunicación previa
Una de las grandes novedades en la reciente modificación del suelo, es que desaparece la comunicación previa como medio de control urbanístico municipal.
Los medios de intervención urbanística municipal pasan a ser la licencia o declaración responsable, de acuerdo con el artículo 151 de la ley 1/20 en relación con los artículos 152 y 155.
Las actuaciones urbanísticas que son objeto de control por licencia urbanística se determinan en el artículo 152 y las que lo son por declaración responsable en el
artículo 155.
Art. 55 | Actos sometidos a declaración responsable urbanística
En general estarán sujetos a Declaración Responsable urbanística todos aquellos actos de transformación, construcción, edificación o uso del suelo, no recogidos expresamente en los artículos 152 y 160 de la presente Ley.
En el punto b) del este artículo especifica que se sujetarán a Declaración Responsable las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación sobre los edificios existentes que no produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, la envolvente global o el conjunto del sistema estructural, y que no requieran la redacción de un proyecto de obras de conformidad con lo dispuesto por la legislación estatal de ordenación de la edificación
Documentación para Declaración Responsable
a) Los datos previstos en la legislación en materia procedimental para las solicitudes de inicio de procedimientos a instancia del interesado.
b) La identificación de la actuación urbanística a realizar, sus características y su ubicación.
c) Manifestación expresa y bajo su responsabilidad, del cumplimiento de los
requisitos exigidos por la normativa aplicable. En particular deberá manifestarse que
la actuación pretendida no se realiza sobre bienes que dispongan de algún tipo de
protección de carácter ambiental o histórico-artístico, ya sea total o de elementos o partes objeto de protección, regulada a través de norma legal o documento urbanístico.
De igual forma, deberá manifestarse por el interesado que está en posesión de la
documentación que acredite el cumplimiento de dicha normativa, y que la pondrá a
disposición del ayuntamiento en el caso de ser requerida. Voluntariamente podrán
aportarse copias de tales documentos.
d) El compromiso expreso de mantener el cumplimiento de dichos requisitos durante
el período de tiempo inherente a la realización de la actuación objeto de la declaración.
e) Copia de las autorizaciones emitidas por otras Administraciones que, en su caso,
fueran exigibles.
f) Documentación técnica suscrita por técnico competente y visada por el colegio profesional competente, cuando así venga exigido por la legislación aplicable.
Otra documentación
- Impreso de declaración responsable
- Proyecto técnico cuando proceda.
- Autoliquidación, cuando proceda, del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras
- Escritura de constitución de la persona jurídica titular de la actividad, en su caso.
- Copia cotejada o autenticada del documento acreditativo de la representación, en su caso.
- Estudio básico de seguridad y salud o, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 4.1 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de
construcción - Se deberá disponer de la documentación prevista específica según el tipo de actuación.
Documentación específica
En el caso de reformas de viviendas, suelen ser las siguientes:
- Obras exteriores que afecten a la fachada del edificio: descripción fotográfica de la misma. Si únicamente afectan a la fachada de un local, croquis de las mismas en las que se puedan apreciar los salientes que se producen desde la línea de fachada.
- Instalación individual de aire acondicionado: indicación de las características del equipo con su catálogo y croquis de situación de la unidad condensadora o rejilla de evacuación del aire de condensación acotado con respecto a las ventanas u otros huecos existentes en la fachada y su altura sobre el suelo. Si se pretende instalar en una fachada visible desde la vía pública, además, estudio del conjunto o descripción fotográfica para su integración en la fachada, señalando el punto de instalación.
Ley 1/2020, 8 de octubre
LEY 1/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística.
Instrucción 1/2020
Instrucción 1/2020 del titulr del Área de Gobierno del Desarrollo Urbanno para la aplicación de la Ley 1/2020. de 8 de octubre , de modificación de la Ley del suelo de la Comunidad de Madrid, en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid.
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