Condiciones que debe cumplir un patio de manzana para poder ser la ÚNICA fachada de una vivienda

 Madrid (Madrid)

En Madrid capital (en otros municipios las normas son similares)  todas las viviendas tienen que cumplir con las condiciones de vivienda exterior.  Si una vivienda no tiene ventanas en sus fachadas a espacios públicos como calles, parques, plazas,… entonces el patio de manzana al que abre sus ventanas debe reunir las siguientes condiciones:

  • La superficie del patio tendrá como mínimo una superficie de 200m2 (04).
  • En el patio se podrá inscribir un círculo de 12m de diámetro (03) tangente a la ventana del salón o habitación estudiada (02). Podrá reducirse las dimensiones de este círculo si se incrementa proporcionalmente a la superficie del patio, esta reducción tiene como límite 9m de diámetro (en patios con superficies superiores a 267m2).

  • La distancia desde el eje de la ventana (02), al edificio opuesto (B) será mayor o igual a la mitad de la altura de coronación (A) del cuerpo de edificación en que se sitúa la misma.
  • Cuando el espacio se configure entre cuerpos de edificación situados en la misma parcela, la distancia entre el hueco considerado y el cuerpo de edificación al que está enfrentado, será superior a la altura de coronación de este último.

 

El ayuntamiento en su normativa, en casos especiales justificados admite la posibilidad de una reducción de las dimensiones descritas en el párrafo anteriores, en circunstancias tales como la configuración parcelaria, topografía, orientación y determinaciones urbanísticas específicas de las parcelas y edificaciones colindantes. En cualquier caso las condiciones higiénicas deberán ser equivalentes a las previstas con carácter general

Artículo pgoum

Artículo 7.3.3 Vivienda exterior (N-2)

condiciones habitabilidad

Condiciones mínimas de habitabilidad que deben reunir las viviendas